LEY Nº 3234
Sustituyendo el texto del inciso a) del artículo 9° de la Ley 38 -texto dado por la Ley 3056 y sus modificatorias
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O 3419 del 19-06-20.-
Promulgada el 04-06-20.-
Sancionada el 21-05-20.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1º.- Sustituyase el texto del inciso a) del artículo 9º de la Ley 38 - texto dado por la Ley 3056 y sus modificatorias-, el cual quedará redactado de la siguiente manera: a) cuando su valor no exceda la suma de PESOS TRES MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL ($3.150.000,00) se contratará en Forma Directa, cuando su valor no exceda la suma de PESOS NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL ($9.500.000,00), se contratará mediante concurso de precios y cuando su valor no exceda la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES ($19.000.000,00) se contratará mediante Licitación Privada. En los casos de Concurso de Precios y Licitación Privada, se aplicará el procedimiento indicado en los artículos 32 y 34 respectivamente.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los veintiún días del mes de mayo de dos mil veinte.
REGISTRADA BAJO EL N° 3234
Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ, Vicegobernador de La Pampa, Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa -Dra. Varinia Lis MARÍN, Secretaria Legislativa, Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.
EXPEDIENTE N° 5751/20
SANTA ROSA, 4 JUN.2020
POR TANTO: Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.
DECRETO N° 1153/20
Sergio Raúl ZILIOTTO, Gobernador de La Pampa –C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO, Ministro de Hacienda y Finanzas, Ing. Juan Ramón GARAY, Ministro de Obras y Servicios Públicos.
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN:4 JUN.2020
Registrada la presente Ley, bajo el número TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO(3234). José Alejandro VANINI, Secretario General de la Gobernación